El Sorteo Extraordinario de la Lotería Navidad 2023 va a repartir un total de 2.590 millones de euros en premios, 70 millones más que en 2022, y los agraciados con el ‘Gordo’ recibirán 400.000 euros al décimo. El segundo premio asciende a los 125.000 euros al décimo y el tercero es de 50.000 euros al décimo. Además, hay dos cuartos premios de 200.000 euros (20.000 euros al décimo) y ocho quintos de 60.000 euros (6.000 euros al décimo).
Hasta aquí muy bien, ¿a que sí? ¿A que ya te imaginas billetes cayendo sobre ti en el salón de casa? Qué bonito… ¡Hasta que Hacienda llama a la puerta!
Si llevas (¿y quién no?) algún décimo para el sorteo de Navidad de la Lotería Nacional, no olvides que los premios de Loterías y Apuestas del Estado, ONCE, Cruz Roja Española, sorteos y loterías autonómicos, etc., tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20%, es decir, en el momento del cobro de los premios se aplicará de forma automática esta retención en todas las cantidades que excedan de 40.000 €.
Por ejemplo, si nos toca el ‘Gordo’ (400.000 euros), quedarán exentos de impuestos 40.000 euros, y de la diferencia (360.000 euros) se calcula el 20% que se llevará Hacienda. Así, el Estado se lleva 72.000 euros y el premiado se queda con 328.000 euros.
¿Cómo afecta esto a autónomos y empresas?
En el caso de las los autónomos, hay que distinguir que si el profesional tributa por el IRPF, no hará falta presentar otra autoliquidación ya que Hacienda ya le ha practicado la retención correspondiente en el momento de ingresarle el premio.
¿Y qué pasa si el décimo es de una empresa que tributa a través del régimen de sociedades? Que tendrán que incluirlo como un ingreso extraordinario en el citado impuesto tributando a tipos que dependerán del que le corresponda a la sociedad.
No hay que olvidar que si las empresas tienen pérdidas, van a poder compensarlas e incluso obtener la devolución de esa retención.